La Institución Nacional de Derechos Humanos presenta recurso de amparo contra prospección sísmica en busca de petróleo
La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (Inddhh) ha interpuesto un recurso de amparo con el fin de detener la prospección sísmica autorizada por el Ministerio de Ambiente a las empresas que exploran en busca de petróleo en aguas uruguayas.
Esta técnica de prospección sísmica, diseñada para investigar el subsuelo y determinar la presencia de hidrocarburos, corresponde a actividades planificadas para 2026. Estas acciones se enmarcan en contratos suscritos entre 2022 y 2024 por Ancap y diversas compañías petroleras. Cabe destacar que ya se realizaron trabajos similares en áreas marítimas entre 2012 y 2017, así como exploraciones previas en 1982 y 2002.
Mariana Mota, presidenta de la Inddhh, detalló que el recurso de amparo está dirigido al Ministerio de Ambiente, al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a Ancap y a las firmas petroleras involucradas en la actividad. El objetivo principal es lograr la suspensión de estas prospecciones, basándose en una amplia documentación que «se aporta en el recurso referente a los daños o al impacto ambiental que efectivamente tienen estas actividades». Mota enfatizó que el impacto no es «negado por nadie» y es reconocido incluso por las propias empresas.
La presidenta de la institución señaló que las formas de mitigación propuestas por las compañías han sido consideradas insuficientes. «La mitigación no quiere decir que el daño no exista, sino que el daño se va a dar efectivamente y el punto es cuál es el costo de esa actividad», afirmó.
El recurso especifica que la actividad implica el uso de cañones de aire comprimido remolcados por embarcaciones, los cuales emiten detonaciones de entre 250 y 300 decibeles. El ruido generado puede propagarse por un área superior a los 300.000 kilómetros cuadrados. Sensores especiales son los encargados de captar los reflejos para la recolección de datos. La Justicia dispone de un plazo de tres días para convocar a una audiencia.
Hasta el momento, el gobierno no ha emitido pronunciamientos sobre este nuevo recurso. Sin embargo, en ocasiones anteriores, ha indicado haber reforzado las medidas de protección de la fauna marina, duplicando esfuerzos para salvaguardar especies como ballenas, delfines, lobos marinos y tortugas, y estableciendo una zona de exclusión de mil metros alrededor de estos animales durante las operaciones.
**Antecedente: Medida cautelar desestimada por incompetencia**
Es importante recordar que en noviembre de 2025, la Asamblea Mar Libre de Petroleras Uruguay y la asociación civil Socobioma habían presentado una medida cautelar de no innovar con la intención de frenar la prospección sísmica y la exploración petrolera en el mar uruguayo.
Esta solicitud fue resuelta recientemente por la Justicia. El juez Federico Tobia dictaminó que el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 8º Turno carecía de jurisdicción para entender en la medida cautelar presentada. Las organizaciones ambientalistas señalaron en un comunicado que esta decisión judicial «no ingresó al análisis del fondo de la pretensión», es decir, no se pronunció sobre la posible ilicitud de los contratos, su compatibilidad con la Constitución y las leyes ambientales, ni evaluó el riesgo ambiental o la aplicación del principio precautorio.
La resolución se limitó exclusivamente a declarar que el asunto debería ser tratado en la jurisdicción contencioso-administrativa. Frente a esto, las organizaciones reiteran su propósito de promover la «nulidad absoluta» de los contratos firmados por Ancap con las petroleras, argumentando que poseen «causa y objetos ilícitos» al contravenir normativas constitucionales y ambientales.
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